Bankinter, S.A. condenada a devolver 5.850 euros por fraude bancario mediante phishing

Sentencia: Audiencia Provincial de Valladolid, Sección 1.ª, Sentencia n.º 85/2025, de 4 de marzo de 2025.

Procedimiento: Recurso de apelación n.º 321/2024, dimanante del Juicio Verbal n.º 1478/2023 del Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de Valladolid.

Entidad bancaria: Bankinter, S.A.

La Audiencia Provincial de Valladolid ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por Bankinter y ha confirmado la condena a devolver 5.850 euros a un cliente víctima de fraude bancario mediante phishing.

El afectado recibió mensajes SMS y llamadas telefónicas que aparentaban proceder legítimamente de Bankinter, utilizando incluso el mismo identificador y número del servicio oficial de atención al cliente de la entidad. Los ciberdelincuentes le alertaron de supuestas operaciones fraudulentas y le solicitaron códigos de verificación para anularlas, generando un entorno de confianza y apariencia de licitud.

El banco sostuvo que el cliente había actuado con negligencia grave al facilitar sus claves personales y autorizar operaciones fraudulentas, alegando además que sus sistemas informáticos eran seguros y que no existió fallo técnico alguno. Sin embargo, el demandante defendió que fue víctima de una sofisticada suplantación de identidad bancaria y que actuó convencido de estar comunicándose con su entidad financiera.

La Audiencia recuerda que el régimen previsto en el RDL 19/2018 sobre servicios de pago impone a las entidades financieras una responsabilidad reforzada ante operaciones no autorizadas, correspondiendo al banco acreditar la existencia de negligencia grave del usuario. La resolución concluye que no puede calificarse como gravemente negligente la actuación de un consumidor que opera en un entorno aparentemente seguro y legítimo creado mediante técnicas de phishing altamente elaboradas.

Asimismo, el tribunal considera que Bankinter no acreditó haber adoptado medidas técnicas y de seguridad suficientes para prevenir o detectar este tipo de fraudes informáticos. Por ello, confirma íntegramente la condena al reintegro de los 5.850 euros sustraídos más intereses legales.

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