Sentencia: Tribunal de Instancia de Valladolid, Sección Civil n.º 12, Sentencia n.º 54/2026, de 9 de febrero de 2026.
Procedimiento: Juicio Verbal n.º 1867/2024.
Entidad bancaria: Caja Rural de Soria.
El Tribunal de Instancia de Valladolid ha condenado a Caja Rural de Soria por un caso de fraude bancario en el que una clienta sufrió diez operaciones no autorizadas por importe total de 2.800 euros realizadas entre los días 7 y 11 de abril de 2024.
Las operaciones fraudulentas se efectuaron mediante cargos asociados a una tarjeta vinculada al sistema Apple Pay y recargas a una tarjeta Revolut. Sin embargo, la afectada utilizaba habitualmente un teléfono móvil Android, completamente incompatible con Apple Pay, y mantuvo tanto su dispositivo móvil como su tarjeta física siempre bajo su posesión.
La entidad bancaria alegó que las operaciones habían sido correctamente autenticadas y que la clienta habría incumplido sus deberes de custodia de claves y credenciales bancarias.
No obstante, el juzgado recuerda que, conforme al Real Decreto-Ley 19/2018 y a la doctrina reciente del Tribunal Supremo, corresponde al banco acreditar la existencia de fraude o negligencia grave del cliente, no bastando con demostrar que las operaciones fueron autenticadas técnicamente.
La sentencia destaca especialmente la anomalía del dispositivo utilizado para ejecutar las operaciones, subrayando que la clienta operaba con un terminal Android mientras que los cargos se realizaron mediante Apple Pay, sistema incompatible con el dispositivo habitual de la demandante.
Además, el tribunal considera igualmente anómalo que se realizaran diez operaciones de importe elevado en apenas cinco días con destino a una tarjeta Revolut, sin que la entidad bancaria activara alertas de seguridad ni controles automáticos de detección de fraude.
La resolución concluye que la clienta fue víctima de una intrusión fraudulenta en sus dispositivos y banca electrónica, sin que exista prueba de actuación fraudulenta o negligencia grave por su parte.
El juzgado reprocha además a Caja Rural de Soria la ausencia de mecanismos eficaces de supervisión y detección de operaciones incompatibles con el perfil habitual de uso de la clienta, calificando dicha actuación como una falta de diligencia en la prestación del servicio bancario.
Por todo ello, el Tribunal de Instancia de Valladolid estima íntegramente la demanda y condena a Caja Rural de Soria a devolver 2.800 euros, más intereses legales y costas.